Título II. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género › Capítulo V. Derecho a la reparación · Texto consolidado del BOE, actualizado a 10/07/2026
Artículo 28 bis. Alcance y garantía del derecho.
Las víctimas de violencia de género tienen derecho a la reparación, lo que comprende la compensación económica por los daños y perjuicios derivados de la violencia, las medidas necesarias para su completa recuperación física, psíquica y social, las acciones de reparación simbólica y las garantías de no repetición.
Se añade, con efectos desde el 7 de octubre de 2022, por la disposición final 9.9 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre. #df-9
Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 10/07/2026. La nota en gris dice qué norma cambió el artículo y cuándo.
Las de los temas Premium se practican en la app con Premium; aquí solo contamos cuántas son.
El texto es el consolidado del BOE (las normas no tienen derechos de autor, art. 13 de la Ley de Propiedad Intelectual). AuxiliarOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.