Título III de la Ley 4/2023: Protección efectiva y reparación frente a la discriminación y la violencia por LGTBIfobia
Artículos 62 a 75 · texto consolidado del BOE, actualizado a 20/12/2025
Los 14 artículos de esta parte, cada uno con su página: el texto oficial vigente, los artículos a los que remite y los temas del temario donde sale.
Capítulo I. Medidas generales de protección y reparación
- Artículo 62. Medidas de protección frente a la discriminación y la violencia
1. Las Administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, garantizarán a las personas que sufren o están en riesgo de sufrir cualquier tipo de violencia o de… - Artículo 63. Actuación administrativa contra la discriminación
1. Cuando una autoridad pública, con ocasión del ejercicio de sus competencias, tenga conocimiento de un supuesto de discriminación por razón de las causas previstas en… - Artículo 64. Nulidad de los contratos y negocios jurídicos discriminatorios
Las cláusulas de los contratos y negocios jurídicos que vulneren el derecho a la no discriminación por razón de orientación sexual, identidad sexual, expresión de… - Artículo 65. Legitimación para la defensa del derecho a la igualdad de trato y no discriminación
Sin perjuicio de la legitimación individual de las personas afectadas, los partidos políticos, las organizaciones sindicales, las organizaciones empresariales, las… - Artículo 66. Reglas relativas a la carga de la prueba
1. De acuerdo con lo previsto en las leyes procesales y reguladoras de los procedimientos administrativos, cuando la parte actora o la persona interesada alegue… - Artículo 67. Derecho a la atención y al asesoramiento jurídico
Las Administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, establecerán los mecanismos necesarios para garantizar el derecho de las personas LGTBI a recibir toda…
Capítulo II. Medidas de asistencia y protección frente a la violencia basada en la LGTBIfobia
- Artículo 68. Derecho de las víctimas de violencia a la asistencia integral y especializada
Las Administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, garantizarán una atención integral y especializada a las personas víctimas de violencia basada en la… - Artículo 69. Medidas de protección frente a la violencia en el ámbito familiar
1. Cuando las personas LGTBI sufran violencia en el ámbito familiar se dictará una orden de protección en los términos establecidos en el artículo 544 ter.1 de la Ley…
Capítulo III. Protección de los derechos de personas LGTBI en situaciones especiales
- Artículo 70. Personas LGTBI menores de edad
1. Las Administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, adoptarán las medidas necesarias para garantizar a las personas LGTBI menores de edad el libre… - Artículo 71. Personas LGTBI con discapacidad o en situación de dependencia
Las Administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias: a) Garantizarán la no discriminación y el respeto de las personas LGTBI con discapacidad o en situación… - Artículo 72. Personas extranjeras LGTBI
Las Administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, garantizarán a las personas extranjeras LGTBI que se encuentren en España, con independencia de su… - Artículo 73. Personas mayores LGTBI
1. Los poderes públicos, en el ámbito de sus competencias, garantizarán que las personas mayores LGTBI reciban una protección y atención integral para la promoción de… - Artículo 74. Personas intersexuales
1. Las personas intersexuales tienen derecho: a) A recibir una atención integral y adecuada a sus necesidades sanitarias, laborales y educativas, entre otras, en… - Artículo 75. Personas LGTBI en situación de sinhogarismo
1. Los poderes públicos adoptarán las medidas necesarias para la prevención del sinhogarismo entre personas LGTBI. Estas medidas tendrán como foco la detección precoz…
Otras partes de la Ley 4/2023
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