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Artículo 32 de la Ley General Presupuestaria: Definición

Título II. De los Presupuestos Generales del Estado › Capítulo III. Contenido, elaboración y estructura › Sección 1. ª Contenido y principios de ordenación · Texto consolidado del BOE, actualizado a 30/09/2026

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2003-21614)

Artículo 32. Definición.

Los Presupuestos Generales del Estado constituyen la expresión cifrada, conjunta y sistemática de los derechos y obligaciones a liquidar durante el ejercicio por cada uno de los órganos y entidades que forman parte del sector público estatal.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 30/09/2026.

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