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Artículo 53 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional

Título III. Del recurso de amparo constitucional › Capítulo III. De la resolución de los recursos de amparo constitucional y sus efectos · Texto consolidado del BOE, actualizado a 12/06/2026

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-1979-23709)

Artículo cincuenta y tres

La Sala o, en su caso, la Sección, al conocer del fondo del asunto, pronunciará en su sentencia alguno de estos fallos:

a) Otorgamiento de amparo.

b) Denegación de amparo.

Artículo redactado conforme a la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo ( ).

Se modifica por el art. único.19 de la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo. .

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 12/06/2026. Las 2 notas en gris dicen qué norma cambió el artículo y cuándo.

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  1. Según la LOTC, ¿qué fallos puede pronunciar la sentencia en el recurso de amparo al conocer del fondo?

    1. Confirmación, revocación o devolución al órgano judicial
    2. Otorgamiento o denegación de amparo
    3. Estimación, desestimación o inadmisión parcial
    4. Nulidad o anulabilidad del acto recurrido
    Ver la respuesta

    b) Otorgamiento o denegación de amparo. Art. 53 LOTC: la Sala o, en su caso, la Sección pronunciará alguno de estos fallos: a) otorgamiento de amparo; b) denegación de amparo.

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