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Artículo 4 de la Ley Orgánica 4/1981

Capítulo II. El estado de alarma · Texto consolidado del BOE, actualizado a 01/06/2026

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-1981-12774)

Artículo cuarto.

El Gobierno, en uso de las facultades que le otorga el artículo ciento dieciséis, dos, de la Constitución podrá declarar el estado de alarma, en todo o parte del territorio nacional, cuando se produzca alguna de las siguientes alteraciones graves de la normalidad.

a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud.

b) Crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves.

c) Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice lo dispuesto en los artículos veintiocho, dos, y treinta y siete, dos, de la Constitución, y concurra alguna de las demás circunstancia o situaciones contenidas en este artículo.

d) Situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 01/06/2026.

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  1. ¿Cuál de estas situaciones es un supuesto del estado de alarma según el artículo 4 de la LO 4/1981?

    1. Una insurrección contra la soberanía
    2. Las crisis sanitarias, como epidemias
    3. La grave alteración del orden público
    4. Una huelga con servicios mínimos cubiertos
    Ver la respuesta

    b) Las crisis sanitarias, como epidemias. Art. 4 b) LO 4/1981: «Crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves». La insurrección es supuesto del estado de sitio (art. 32) y la grave alteración del orden público, del de excepción (art. 13).

  2. Según la Ley Orgánica 4/1981, ¿cuál de los siguientes supuestos permite al Gobierno declarar el estado de alarma?

    1. Grave alteración del libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos
    2. Alteración del orden público que haga insuficientes las potestades ordinarias
    3. Grave alteración del normal funcionamiento de las instituciones democráticas
    4. Crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves
    Ver la respuesta

    d) Crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves. Art. 4.b) LO 4/1981: el estado de alarma procede, entre otras, ante «crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves». Las otras opciones son supuestos del estado de excepción (art. 13.1).

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